Novación o subrogación, dos opciones para cambiar la hipoteca de variable a fija
El Euribor no da tregua y las hipotecas siguen disparadas. Las variables, claro, porque las fijas mantienen el tipo de interés pactado en su momento a la firma del contrato. Y por ello son muchas las personas que se plantean cambiar sus condiciones hipotecarias y pasarlas a fijo, aunque tal vez no sea ahora el mejor momento, tan altos como están los tipos. Pero en cualquier caso, hay dos opciones para hacerlo: la novación y la subrogación. Veamos en qué consisten.
Los deudores hipotecarios se enfrentan en estos meses a la progresiva actualización al alza de las cuotas de sus contratos y son muchos los que tienen dificultades para pagar sus préstamos. En estos casos, lo recomendable es informarse de todas las opciones posibles para pasar de variable a fijo sus hipotecas, y eso incluye preguntar en tantas entidades bancarias como sea posible, y no solo en aquella en la que se tiene formalizado el préstamo hipotecario, ya que cada una de ellas ofrecerá unas condiciones y podemos escoger las que más nos convengan. Y así, si decidimos hacer la operación en la misma entidad en la que tenemos contratada la hipoteca, se formalizará una novación; mientras que si optamos por otro banco nos acogeremos a una subrogación.
Si se opta por la novación, nuestra entidad debe entregarte la información precontractual, FEIN (Ficha Europea de Información Normalizada) y FIAE (ficha de Advertencias Estandarizada), al menos diez días naturales antes de la fecha de la novación. Dada la importancia de la modificación, es habitual que se formalice ante notario, y éste debe ofrecerte asesoramiento personalizado y gratuito.
Subrogación
Si la opción escogida ha sido la subrogación, el proceso debe formalizarse ante notario. La entidad con la cual hemos decidido llevar a cabo la operación debe entregarte una oferta vinculante con las condiciones de la nueva hipoteca, con una validez mínima de 15 días. Esta oferta se trasladará a la entidad que operaba la hipoteca hasta el momento, a modo informativo. Una vez realizado este trámite, nuestra antigua entidad debe entregar a la nueva una certificación del importe de la deuda pendiente, a la vez que puede hacer una contraoferta modificando sus condiciones con el fin de mantenernos como clientes. De esta manera, podremos elegir la oferta que nos resulte más conveniente.
La subrogación genera unos gastos que, por lo general, son mayores que los de la novación, y estarán especificados en el contrato de préstamo original.