¿Se puede emitir una factura con un NIF?
Aunque inicialmente el NIF consistió en añadirle una letra al número del DNI de la persona identificada con el mismo, hoy en día en la práctica el Documento Nacional de Identidad y el Número de Identificación Fiscal son idénticos, pues el DNI también incluye la letra. La cual, por cierto, que es el resultado de una operación matemática de las cifras que componen el DNI.
Así las cosas, tanto un ciudadano como persona física y jurídica, como un autónomo, que dispone de su NIF (idéntico, ya lo hemos dicho, al DNI) pueden emitir una factura. El número fiscal será igualmente válido. La diferencia la marca la Agencia Tributaria, pues el autónomo deberá incluir el porcentaje de IVA que le corresponda a su actividad, pues tiene la obligación de tributar, mientras que la persona física, si emite una factura esporádica por un servicio puntual, y no supera una cierta cantidad anual de ingresos, puede facturar solo con la retención del IRPF (-15%).
El CIF es el número de identificación fiscal de las empresas. Se trata de una cifra de ocho dígitos con una letra delante, y cada empresa tiene el suyo. Este debe constar en todas las facturas que esta empresa emita. Su función es exactamente la misma que la del NIF en las personas físicas.