Requisitos para acceder a los subsidios de amas y amos de casa

Es un problema que viene de antiguo. Las amas y amos de casa no cotizan y no están reconocidos como categoría profesional, pero como todo el mundo deberían tener derecho a enfermar o jubilarse o a cobrar el paro cuando su situación personal lo requiere. En cambio no es así. Y ante esta situación, para paliar dicha circunstancia, existen una serie de subsidios y ayudas económicas que pueden cobrar si cumplen ciertos requisitos. Veamos cuales.

El primero de estos subsidios es el destinado a personas mayores de 45 años, que no cobran el paro y que tienen rentas que no superan el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (712,50 euros al mes). Si se cumplen estos requisitos y el solicitante está desempleado y se encuentra inscrito como demandante de empleo, se puede cobrar esta ayuda de 451 euros al mes. Eso sí, durante un máximo de seis meses.

Se trata de un subsidio generalista, pero la ayuda está disponible también para amos y amas de casa, siempre que tengan la mencionada edad,  no tengan ingresos y no cobren prestación alguna del SEPE o por desempleo. En este caso, a diferencia del subsidio para mayores de 45 años, la ayuda puede cobrarse durante un periodo máximo de 11 meses.

Mayores de 52 años

Todos aquellos desempleados que se dedican a las tareas del hogar con más de 52 años, pero que hayan cotizado por desempleo un mínimo de seis años, pueden solicitar un subsidio de 451 euros que dura hasta la edad de jubilación. No obstante, el beneficiario se comprometerse a buscar empleo, pero mientras no lo encuentre estará cubierto por este subsidio hasta jubilarse.

El ingreso mínimo vital es una de las novedades del Gobierno actual, y está destinada a aquellas personas en riesgo de pobreza y exclusión social. Para que un amo o ama de casa pueda solicitarlo tiene que tener entre 23 y 65 años o ser menor de 18 años con menores a cargo y tener una renta inferior a la del Ingreso Mínimo Vital: 5.639,20 euros al año para un adulto.

En el momento en el que se alcance la edad legal de jubilación, los amos y amas de casa podrán solicitar el cobro de la pensión no contributiva. Los requisitos son haber residido al menos 10 años en España y tener ingresos anuales inferiores a 5.108 euros. Esta cifra aumenta si se convive con familiares. La pensión no contributiva máxima que un amo de casa puede cobrar en 2021 es de 402,72 euros.

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