Un proyecto de educación financiera
para domesticar tu economía

¿Renta individual o conjunta?

¿Renta individual o conjunta? Esta es la duda que surge muchas veces a la hora de hacer la declaración de la renta. Lo más común es presentar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de manera individual. Un derecho de todos los residentes, sean solteros o casados, y tengan o no descendencia. Pero también es posible hacerlo como unidad familiar. Es decir, una declaración conjunta con otros miembros de la familia. Y no solo pueden ser los cónyuges, sino también los hijos menores o dependientes. E igualmente pueden hacerlo las parejas de hecho o las unidades monoparentales.

Eso sí, en lo que respecta a las parejas de hecho, solo uno de los miembros puede formar unidad familiar con los hijos menores y dependientes. Puede ser la madre o el padre. El otro tendrá que declarar por separado como renta individual. Igual que en los casos de divorcio con custodia compartida.

Si se presenta declaración conjunta, las rentas obtenidas por los miembros se someterán a gravamen acumuladamente en la declaración conjunta. Y solo se les aplicará un mínimo personal. Eso sí, en tales casos todos los miembros de la unidad familiar quedan sometidos al impuesto de manera conjunta y solidaria, de manera que la deuda se puede exigir a cualquiera de ellos en su totalidad.

Por otra parte, hay que decir que el hecho de haber presentado en un ejercicio una renta conjunta no representa una obligación para seguir haciéndolo en años sucesivos. Es decir, se puede volver a la modalidad individual si en un determinado ejercicio fiscal resulta más conveniente.

Renta 2024/2025: ¿individual o conjunta?

La declaración conjunta es una opción beneficiosa para las personas con ingresos bajos o sin ingresos. Así, los matrimonios pueden obtener una reducción de la base imponible de 3.400 euros anuales, en los casos, por ejemplo, en que uno de los miembros no recibe ingresos o estos son muy bajos (menos que la reducción). En el caso de unidades monoparentales, esta reducción es de 2.150 euros.

Otra ventaja de la declaración conjunta es que se podrán compensar pérdidas patrimoniales con ganancias de forma conjunta. Esto es especialmente útil si uno de los miembros de la unidad familiar ha tenido pérdidas en inversiones o actividades económicas, ya que pueden compensarse con los beneficios del otro miembro.

Eso sí, en las conjuntas se mantiene el máximo de 22.000 euros de un solo pagador como límite para no tener que presentar el IRPF, igual que en la declaración individual. Es decir, si un contribuyente tiene un salario inferior a 22.000 euros anuales y no tiene otros ingresos adicionales, no está obligado a presentar la declaración de la renta. Sin embargo, en el caso de tener más de un pagador, este límite se reduce a 15.876 euros, siempre que los ingresos del segundo pagador superen los 1.500 euros anuales.

Posibles desventajas de la declaración conjunta

Aunque la declaración conjunta puede ser beneficiosa en algunos casos, también puede tener inconvenientes que es necesario valorar. Una posible desventaja es que Hacienda puede pedir la compensación de partidas negativas que no hayan sido compensadas en períodos anteriores por cualquiera de los contribuyentes en conjunto. Aunque provenga de una declaración individual previa. Es decir, que todos los miembros de la unidad familiar que forman parte de la declaración conjunta se convierten en miembros solidarios de la renta del resto.

Además, si ambos miembros de la pareja trabajan y tienen ingresos elevados, es probable que la declaración conjunta no sea la mejor opción. Esto se debe a que los ingresos se suman, lo que podría situar a la unidad familiar en un tramo de tributación superior y aumentar el tipo impositivo aplicado.

Casos prácticos

  1. Matrimonio con un solo ingreso: Si un matrimonio tiene un solo miembro con ingresos, presentar la declaración conjunta suele ser la mejor opción, ya que permite beneficiarse de la reducción de 3.400 euros.
  2. Pareja con hijos y rentas bajas: En el caso de una pareja de hecho en la que uno de los miembros tiene ingresos bajos o nulos y hay hijos menores, conviene que el miembro con menos ingresos haga la declaración conjunta con los hijos, mientras que el otro presenta su declaración individualmente.
  3. Ambos cónyuges con ingresos elevados: Si ambos miembros de la pareja tienen salarios elevados, es probable que la declaración individual sea la mejor opción, ya que evitará subir de tramo en la escala de IRPF.
Volver al principio
Ir al contenido