Una reforma tributaria con menos alegrías de las esperadas

Después de meses de insinuaciones sobre la bajada de impuestos que nos acechaba, los españoles pensábamos hacer una fiesta con  la llegada de la reforma tributaria. Pero eso de hacerse demasiadas ilusiones tiene su lado negativo y es que a veces las expectativas se hinchan en exceso. Eso es lo que nos ha pasado ahora.

La reforma tributaria ha traído rebajas sí, pero se quedan cortas ante lo esperado por la mayoría. Según los datos manejados por la Fundación de las Cajas de Ahorros (Funcas),  para el 29,8% de los contribuyentes, la reforma del IRPF anunciada por el Gobierno tendrá un efecto neutro sobre su factura tributaria,  y un 3,2% de declarantes pagarán más el próximo año por el impuesto sobre la renta. Aún así, el 67% sí verá un ligero alivio en su renta disponible que todos los expertos esperan sirva para incentivar el consumo y reactivar la económica.

Reforma tributaria

La principal novedad es que bajan los tipos de gravamen y el número de tramos. Actualmente, están entre un mínimo del 24,75% y un máximo del 52% y pasarán a un mínimo del 19% y un máximo del 45%, aunque la rebaja se hace en dos pasos y el año 2015 será de transición con tipos entre el 20% y el 47%.

BASE IMPONIBLE (en euros)

TIPO 2015

BASE IMPONIBLE Euros

TIPO 2016

 Hasta 12.450

20%

 Hasta 12.450

19%

12.450-20.200

25%

12.450-20.200

24%

20.200-34.000

31%

20.200-35.200

30%

34.000-60.000

39%

35.200-60.000

37%

60.000 en adelante

47%

60.000 en adelante

45%

Las familias numerosas y aquellas que tienen discapacitados a su cargo tendrán un trato más favorable ya que se modifican al alza los mínimos familiares exentos de tributación. Además, recibirán una deducción que se podrá cobrar por adelantado de 1.200 euros anuales.

Plusvalías. Se elimina las diferencias por período de generación

En los últimos años, las plusvalías generadas por las inversiones que tenían menos de un año de vida tributaban al tipo general de cada contribuyente, que podía llegar hasta el 52%. Tras la aprobación de la reforma, todas las plusvalías tributarán a un tipo fijo, y no habrá que tener en cuenta el plazo en el que se generen. El tipo gravamen, eso sí, dependerá de la cuantía.

  • Hasta 6.000 euros, el tipo de gravamen que ahora está en el 21%, baja al 20% en 2015 y al 19% en 2016.
  • Entre 6.000 y 50.000 euros, la reducción irá desde el 25% actual al 22% en 2015 y al 21% en 2016.
  • Los beneficios por encima de los 50.000 euros tendrán que pagar el 24% en 2015, y el 23% a partir de 2016, frente al 27% que estaban pagando hasta ahora.

Plan ahorro 5. Un nuevo producto financiero para fomentar el ahorro

Ahorrar a largo plazo no es fácil cuando se puede disponer del dinero con facilidad. Pero, en los tiempos que corren, guardarlo en la hucha de los planes de pensiones y esperar a la jubilación para recuperarlo es un riesgo que cada vez menos gente quiere asumir. El Gobierno ha apostado por un término medio. Un producto financiero, Plan de Ahorro 5, que podrá tener forma de cuenta bancaria o seguro. El incentivo fiscal es que si el dinero se mantiene durante cinco años, los beneficios estarán exentos de tributación. Es decir, no habrá que pagar entre el 21% y 27% por los beneficios que genere. Además, las entidades financieras estarán obligadas a asegurar que nunca se perderá el 85% de las cantidades invertidas.

Planes de Pensiones

Se fija una aportación máxima a los planes de pensiones de 8.000 euros anuales que no estará condicionada, como hasta ahora, por la edad. En realidad este cambio es casi un brindis al sol puesto que, según los datos manejados por Hacienda y los expertos del sector, cada vez menos ahorradores superan esta aportación anual.

Dividendos

Se acaba uno de los principales incentivos para invertir en bolsa para los pequeños ahorradores, que era invertir en acciones con atractivos dividendos y mantenerlas muchos años. Hasta ahora, los primeros 1.500 euros de dividendos estaban exentos de tributación. No ocurrirá lo mismo a partir de la entrada en vigor de la reforma, que obligará a tributar por ellos como intereses del ahorro (entre el 19% y el 24%) desde el primer euro. La única forma de esquivar, o al menos demorar, este impuesto es cobrar los dividendos en forma de acciones en lugar de en efectivo. Así, se pospone el pago hasta la venta definitiva. Pero, como decíamos antes, acaba con la estrategia de inversión de muchos pequeños ahorradores que tenían en los dividendos unos ingresos en efectivo interesantes cada año, y exentos de tributación.

Adiós a la deducción por alquiler

La vivienda está de capa caída. El que fuera el bien estrella de las Declaraciones de hace unos años ha pasado a ser el apestado. Primero se suprimió la deducción por compra, para desincentivar las conductas especulativas y fomentar el alquiler. Ahora, el recorte llega también para estos últimos. Quienes alquilen a partir del 1 de enero de  2015 no se podrán aplicar la actual deducción para nuevos inquilinos con rentas inferiores a 24.000 euros. Además, se ha rebajado el incentivo para los caseros que, hasta ahora se podían desgravar el 60% de los ingresos e incluso hasta el 100% si arrendaban la vivienda a menores de 30 años. Desde 2015, la deducción será del 50% para todos los casos.

Trauma añadido al despido

Perder el trabajo ya es un proceso traumático, Hacienda incomprensiblemente ha endurecido aún más el trance. Las indemnizaciones por despido, hasta ahora exentas, comienzan a tributar. La exención sólo se mantiene para las cuantías inferiores a los 2.000 euros por año trabajado (que equivalen a un sueldo anual de 20.000 euros).Aunque en el momento de escribir este texto, Gobierno y sindicatos negociaban una modificación de este límite.

Impuesto de Sociedades

La reducción del tipo de gravamen del 30% actual, al 27%, en 2015, y al 25%, en 2016, para todas las empresas excepto para las entidades de crédito y las que se dedican a la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos. Para las pymes se mantiene en el 25%, pero se introducen incentivos (reserva de capitalización y reserva de nivelación) que pueden reducir la cuantía final hasta el 20%.

En cuanto a las deducciones, la única de las grandes que se mantiene es la de I+D+i.

IVA

El IVA apenas sufre cambios algunos artículos sanitarios para los que se elimina la tributación reducida y se les obliga a pagar el tipo máximo de 21%.

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