Qué IVA me puedo deducir de mis gastos comunes como autónomo
Hay que intentar que el balance sea favorable en la liquidación trimestral, y para ello hay que conseguir la deducción máxima de los gastos: Pero no todos, aunque lleven IVA, pues Hacienda es bastante restrictiva, y en caso de inspección no solo tendrás que devolver lo deducido erróneamente, sino que deberás pagar una sanción.
En la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido deja muy claro qué gastos te puedes deducir como autónomo, el porcentaje de los mismos dependiendo del producto que se trate y de tu actividad profesional, con la cual tiene que estar relacionado el producto o servicio declarado, y la manera de justificarlos correctamente. Además, cabe recordar que para deducirte el IVA necesitarás siempre la factura original, no solo para demostrar el gasto, sino también que está relacionado directamente con tu trabajo.
Comida y gasolina
Las únicas comidas que puedes deducirte son aquellas consideradas gastos de representación. Es decir, las que hagas con tus clientes. Dietas, no. Y además no puedes deducir el IVA de los tickets. Debes pedir una factura simplificada donde figuren todos los datos de tu empresa.
Los coches no podrán deducirse en su totalidad si se emplean para actividades laborales a la vez que personales. Como máximo al 50%. Y en cuanto a la gasolina, el mantenimiento del vehículo (incluyendo taller y piezas necesarias para su funcionamiento), así como arrendamiento de vehículos, servicios de aparcamiento o vías de peaje, se aplicará ese mismo porcentaje.
La deducción en los gastos de ADSL, electricidad y teléfono fijo son complicados. O al menos para los autónomos freelance, pues si tienes un local comercial en el que desarrollas tu actividad comercial, puedes deducirte el 100% del IVA. Pero si trabajas desde casa y con el móvil, tendrás que demostrar a Hacienda qué porcentaje de metros cuadrados de tu casa empleas para desempeñar tu labor profesional. Ese porcentaje marcará la cuota de IVA que puedes deducirte. El teléfono móvil es 100% deducible en principio para todos los autónomos.
Por otro lado, si quieres comprarte un ordenador, mobiliario, impresora etc, también puedes deducirte el IVA, pero siempre recuerda que tiene que tener relación con tu actividad profesional y, nuevamente, la factura debe ir a tu nombre.