¿Qué es el bono social de ahorro para hogares con economías limitadas?
Esta reducción económica en el precio de la electricidad puede vehicularse en cualquiera de las empresas de distribución eléctrica con la que se tenga contratada la energía. Están obligadas a ello, y en su oferta debe constar dicha posibilidad, que tiene que poder consultarse en sus páginas web. De hecho, todas estas empresas están obligadas por ley a aplicar automáticamente el Bono Social, sin necesidad de que el cliente lo haya solicitado de forma expresa, en todos aquellos hogares con una potencia contratada inferior a 3 kW. Siempre y cuando se trate de la vivienda habitual del cliente.
Los requisitos y la documentación necesaria para poder solicitar el bono social se recogen en una resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado del 29 de junio de 2009 por la Secretaría General de Energía.
Son tres los colectivos que pueden solicitar los beneficios del Bono Social cuando la potencia contratada en su hogar sea inferior o igual a 10 kW. Por un lado los pensionistas, que deben ser personas mayores de 60 años que perciban la pensión mínima contributiva o la pensión de jubilación o de incapacidad permanente o de viudedad, así como los beneficiarios de pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez.
También las familias numerosas o las monoparentales de categoría especial, que son las que cuentan con dos o más hijos, o aquellas en las cuales ya sea el progenitor o un hijo sea persona discapacitada o esté incapacitada para trabajar; y los desempleados. Siempre que todos los miembros lo estén y convivan en el domicilio contratado).
Requisitos para el Bono Social
Además de pertenecer a uno de estos tres colectivos beneficiarios, existen una serie de requisitos imprescindibles para poder acceder al bono social (al margen de la potencia mínima contratada antes señalada, que automatizaría la concesión). Estos serían en todos los casos el suministro sea de la vivienda habitual del cliente, que el CNAE (código de actividad) sea doméstico, que el tipo de Contrato sea General, que el titular del suministro sea persona física y el contrato esté a su nombre.
No obstante, y para facilitar las cosas a nuestros lectores interesados, pulsando aquí les facilitamos un cuadro completo de requisitos para solicitar el bono social, así como la documentación necesaria para cada caso. Las exigencias son las mismas para todas las compañías, independientemente de con cual haya contratado su energía. Nosotros hemos elegido una de ellas a modo de ejemplo.
Todas las compañías dispensadoras de energía disponen de los modelos necesarios para solicitar online el bono social de los diferentes colectivos de pensionistas, familias numerosas y desempleados.