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Nueva ley de tráfico que afecta a la velocidad, distancias, alcoholímetro, móviles y patinetes

La nueva Ley de Tráfico incluye una serie de novedades importantes, destinadas a combatir y reducir la siniestralidad en carretera, y que afectará de forma notable a nuestros hábitos de conducción, tanto en lo referente a la velocidad, las distancias obligatorias entre vehículos, el consumo de alcohol, el uso de los móviles al volante y a los nuevos vehículos de movilidad personal, tanto bicis como patinetes.

La Ley sobre Tráfico Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial fue aprobada hace un par de semanas con una serie de cambios muy relevantes en el texto, con el objetivo de aspirar al cero fallecidos en accidentes en 2050. Una difícil meta en pos de la cual se han introducido también multas más restrictivas y severas.

La velocidad es uno de los factores que se revisan en la nueva normativa. De hecho, los 20 kilómetros por hora que se permitían en los adelantamientos por encima de la velocidad permitida en la vía transitada, se considerarán una infracción a partir de ahora. Es decir, en ningún caso puede rebasarse el límite de velocidad.

En cuanto a la distancia, pensando siempre en términos de seguridad vial, en el adelantamiento de bicicletas, además del margen de 1,5 metros de distancia, será imprescindible pasarse al siguiente carril. Siempre y cuando la vía, eso sí, tenga dos o más carriles por sentido). Hacer peligrar a un ciclista o grupo de ciclistas supondrá perder 4 puntos del carnet y una multa de 200€.

Alcohol cero

Aunque la idea es tender a la tasa cero (0,0) de alcohol para cualquier conductor, de momento esta se aplicará solo a los menores de edad al volante de los vehículos sobre los que sí tienen permitido circular (sobre todo patinetes eléctricos y bicicletas). Al no tener carnet los usuarios de estos vehículos, y por tanto no poder restarse puntos por la infracción, está pendiente de establecerse la tabla de sanciones económicas, que podrían ser ejemplares.

Los conductores de los patinetes, además, estarán sujetos a una normativa legal, hasta la fecha inexistente a nivel nacional. Así, deberán usar casco obligatoriamente en ciudades y se multará con 200 euros la circulación sobre las aceras. Podrán circular por el carril bici o por las calzadas ordinarias.

En lo que se refiere al uso de los móviles al volante, las restricciones son notables. Tanto que sólo llevar el teléfono en la mano se penalizará aunque no se esté usando. De hecho, costará 6 puntos y 200 euros. Igual que si lo estamos utilizando. Si el móvil se lleva en manos libres, pero lo manipulamos o miramos, la sanción será de 3 puntos y 200 euros.

Y puestos a fomentar la seguridad y exigir el respeto por las normas, el nuevo texto prohíbe a los conductores poseer y, desde luego, usar inhibidores de señal para zafarse de los radares. Tanto usarlos como tenerlos instalados se penará con 3 puntos y una multa económica de 500€. Eso sí, puede llevarse el Google Maps, que emite avisos de los radares fijos.

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