Los alimentos de IVA rebajado no pueden subir de precio en los próximos cuatro meses

El Gobierno estableció a finales de diciembre del pasado año la eliminación del IVA en algunos productos básicos de la cesta de la compra y la reducción del 10% al 4% en otros para intentar contrarrestar la subida de precios provocada por la alta inflación. Esto ha abaratado la adquisición de los productos afectados, pero además recuerdan desde Facua que los establecimientos no pueden subir los precios de estos alimentos durante al menos cuatro meses. Un plazo que se ampliará hasta seis si el IVA subyacente del mes de marzo no está por debajo del 5,5%.

 

Unos plazos que suponen una mejora substancial de la medida del ejecutivo para ayudar al consumidor, pues aunque la rebaja del IVA tendrá un impacto a la baja bastante leve en el gasto mensual de las familias, la iniciativa supone también  la congelación de los precios de los productos afectados hasta final de abril o, de prorrogarse, hasta que acabe junio, y dado el ritmo de incremento de los precios en el mercado en los últimos meses, eso sí que supondrá un alivio importante para el bolsillo de los más vulnerables.

Alimentos afectados

Los alimentos que se han beneficiado de esta iniciativa del Gobierno son: el pan, la harina, la leche, el queso, los huevos, las verduras, las frutas, las hortalizas, las legumbres, las patatas y los cereales, que pasan del 4 al 0% de IVA; y el aceite y la pasta, que pasan del 10 al 5%. El pescado y la carne, pese a las quejas de las asociaciones de consumidores, no fueron incluidas por el Gobierno en la lista de los productos afectados.

Los establecimientos que comercien con estos productos podrán bajar los precios de los mismos en los próximos meses, pero en ningún caso subirlos, tal y como decíamos antes.

Así mismo, desde Facua se insta a los consumidores a colaborar en el buen funcionamiento y eficacia de la medida denunciando ante la CNMC a aquellos establecimientos que no repercutan la bajada del IVA al precio de los alimentos afectados por la medida o en los que se apliquen subidas durante este periodo si cuentan con pruebas de ello, como fotografías de su importe en las distintas fechas o tiques de compra.

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