Hacienda también se equivoca: ¿Sabes cómo reclamar?

Nadie es perfecto. Todos nos equivocamos. Y eso también va por Hacienda, cuyos cálculos de renta no son una ciencia exacta. ¿Y qué pasa si la Agencia Tributaria se equivoca? ¿Cómo podemos reclamarle nuestro dinero si en su día ingresamos más de la cuenta en el fisco o bien si nos devolvieron de menos a resultas de una declaración negativa? Veamos qué hay que hacer.

La Agencia Tributaria también puede equivocarse. ¿Sabes como reclamar la devolución?

Para solicitar a la Agencia Tributaria los importes indebidamente ingresados o los no cobrados por error, no es necesario presentar una declaración complementaria, sino que se puede redactar un escrito de rectificación mediante el documento “Solicitud de ingresos indebidos”. Algo que, por cierto, también puede llevarse a cabo en casos similares que afecten a trámites con la Seguridad Social.

Intereses de demora

Hay que tener en cuenta que, cuando Hacienda se ha equivocado y nos hadado de menos o cobrado de más, además de devolvernos el dinero que nos pertenece, deberá pagar los intereses de demora de dichas cantidades.

En los casos en que la solicitud esté justificada y consecuentemente documentada (con todos los datos de nuestra renta), no solo podrán reclamarse las cantidades correspondientes, sino también los intereses generados desde el día en que se produjo la incidencia. Dichos intereses se calcularán desde la fecha en que se pagó el impuesto hasta el momento que Hacienda ordene el pago (para el caso en que se ingresó de más). Para el caso en que se solicita un complemento a la devolución inicial, sólo se pagarán intereses si la Agencia Tributaria tardase más de seis meses en proceder a la liquidación, y éstos empiezan a calcularse a partir de los seis meses.

Es importante saber que nuestros derechos de reclamación prescriben a los cuatro años. Es decir, los procesos de devolución de impuestos serán factibles siempre y cuando se lleven a cabo antes de esos cuatro años desde que finalizó el plazo de la presentación del impuesto afectado.

De la misma manera puede proceder una sociedad haya dejado de aplicar algún incentivo fiscal por no tener claro si le pertenecía o si no cumplía con algún requisito. En el momento en que se despejan sus dudas, puede reclamar, siempre y esté dentro del plazo de prescripción de cuatro años.

Si el silencio administrativo se prolongara más de seis meses o bien Hacienda desestimara la solicitud, se puede presentar recurso ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional.

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