El fin del “spam” telefónico
Se acabó el spam telefónico. Al fin podremos hacer la siesta sin llamadas inoportunas, o cenar en familia sin que un teleoperador nos quiera mejorar las condiciones de tal o de cual producto, aunque ni siquiera seamos clientes de su compañía. Y es que con la entrada en vigor de la Ley General de Telecomunicaciones, las compañías solo podrán llamar a los ciudadanos que hayan expresado su consentimiento, y aquellas que incumplan la normativa podrán ser sancionadas.
Esta limitación afecta a las llamadas promocionales cuyo único objetivo es una comunicación comercial. Y en los casos en que una empresa efectúe una de esas comunicaciones sin consentimiento a cualquier ciudadano, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) abrirá un proceso para comprobar lo sucedido y, de confirmarse la actuación ilegal, impulsará un expediente sancionador contra dicha sociedad empresarial.
Por otra parte, es sabido que son muchas las compañías que tienen radicados su centro de llamadas, los conocidos call centers, en otros países. Una estrategia empresarial que no afectará en este caso al cumplimiento de la nueva normativa. Protección de Datos (AEPD) podrá investigar igualmente esa empresa y sancionarla aunque opere desde el extranjero.
Números aleatorios
Con la aplicación de la nueva ley no podrán realizarse llamadas a números generados aleatoriamente sin el consentimiento previo del usuario, de la misma forma que los nombres que aparezcan en las guías de abonados «requerirán que hayan prestado su consentimiento específico previo para que sus datos puedan ser usados con fines comerciales». De lo contrario, se estará incurriendo en una ilegalidad por parte de la empresa al realizar la llamada.
Las únicas excepciones que contempla la nueva ley son aquellas llamadas cuya realización es imprescindible para proteger intereses vitales del ciudadano, o aquellas necesarias para llevar a cabo una actividad con fines de interés público.
Los ciudadanos afectados podrán denunciar la existencia de llamadas no deseadas a la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones, y en estos casos se iniciarán las investigaciones pertinentes.
Esta nueva cobertura legal no es incompatible con la Lista Robinson, a la que todo ciudadano tiene acceso y derecho a inscribirse.