Deducciones inusuales que nos pueden ahorrar dinero en la declaración de la renta

Pagar Hacienda es una obligación de todo ciudadano que cumple los requisitos como contribuyente, pero tampoco debemos pagar más de lo que toca. Conviene saber muy bien cuáles son nuestras opciones, y deducirnos todo aquello que permite la ley. Veamos algunos de esos conceptos que, por no ser de los más habituales, a veces se nos pueden pasar por alto, y que si los contemplamos nos ayudarán a reducir el montante de nuestras obligaciones fiscales.

Hay conceptos que se pueden desgravar y no son habituales

Existen algunas deducciones especiales que están prácticamente al alcance de todos y que son poco conocidas, por lo que a menudo no se aplican. Y es una pena, pues esas pequeñas cantidades pueden acabar inclinando la balanza a nuestro favor para que la declaración nos salga a devolver o en su defecto paguemos un poco menos. Para eso, conviene saber cuáles son esas deducciones legales y cómo podemos utilizarlas antes de presentar nuestra declaración 2019.

A las deducciones más habituales, que suelen estar relacionadas con planes de pensiones o la compra de vivienda habitual, por ejemplo, deben sumarse las que no son tan conocidas, y que en manos de un gestor, que puede trabajar en piloto automático, según las normas legales básicas, pueden pasar desapercibidas. Es el caso, entre otros, de las desgravaciones que premian la solidaridad, pues la ley permite deducirse el dinero que hayamos podido destinar a ONGs o fundaciones. Hasta un 75% de los primeros 150€ donados y un 30% en el resto de las aportaciones. Las afiliaciones a partidos políticos, y las posibles aportaciones económicas que hagamos a alguno de ellos, también pueden desgravarse hasta una base de 600€. El 20%.

Cultura y ecología

Si sus intereses son culturales o ecológicos también pueden suponerle un ahorro fiscal. Hacienda permite desgravarse el 15% del importe invertido en adquirir bienes de Patrimonio Histórico Español (declarados BIC) o en la rehabilitación de los mismos. Así como colaborar en el mantenimiento del patrimonio de la UNESCO en territorio español. También puede deducirse un porcentaje del importe de las donaciones con finalidad ecológica. En este caso,   con el límite de cuota íntegra de cada comunidad autónoma, ya que es diferente en cada una de ellas. Incluso en algunas no se aplica.

Lo mismo ocurre con las deducciones sobre el coste de las guarderías de los niños menores de tres años o del material escolar. No todas las comunidades autónomas aceptan esta desgravación  y, si lo hacen, es en porcentajes diferentes en cada una de ellas.

Así, solo  cinco comunidades autónomas permiten deducciones en la Renta a los padres que tengan hijos menores de tres años en guarderías: Aragón (deducción de hasta el 15%), Canarias (15%), Extremadura (10%), Región de Murcia (15%) y Comunidad Valenciana (15%). Las mismas, substituyendo Aragón por Canarias, ofrecen además deducciones en el ámbito del material escolar y los libros de texto.

Inversiones domésticas

En otro orden de cosas, y siempre según la comunidad, también podemos deducirnos gastos como el de inversiones realizadas en dispositivos domésticos de ahorro de agua, con un límite de 600 euros anuales. En el caso de ser ciudadano murciano. Y si es  en Galicia donde tenemos fijada nuestra residencia fiscal, también podremos deducir de la cuota íntegra autonómica del impuesto el 5% de las cantidades que se hayan invertido en la instalación de la vivienda habitual de sistemas de climatización o agua caliente, que empleen fuentes de energía renovables. Con un límite de 280 euros, eso sí.

Incluso el wifi o el contrato de líneas de alta velocidad podrían deducirse en nuestra renta en Galicia, ya que se contemplan desgravaciones relacionadas con el uso de nuevas tecnologías en los hogares.

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