Declaración de la Renta 2024-2025: guía con todas las claves
Hacienda ha decidido adelantar este año un poco más el inicio de la campaña de la renta 2024/2025 al 2 de abril. La declaración de la renta es una de esas citas que nadie espera, pero que siempre acaban llegando, y con la que hay que cumplir obligatoriamente para no tener problemas con el fisco. Eso en caso de que nos salga a pagar, porque si sale a devolver, es uno de los pocos momentos de satisfacción que como contribuyentes nos concede la Agencia Tributaria.
Cuándo se puede hacer la declaración de la renta
El día 2 de abril, como antes decíamos, es la primera fecha del calendario para iniciar los trámites para poder hacer la declaración de la renta pidiendo cita previa para la atención y ayuda directa de los funcionarios de Hacienda. Y ese mismo día comienza la campaña de la declaración de la renta, ya que se habilitan la web y la app dela Agencia Tributaria para empezar a formalizar la declaración de la renta y patrimonio online. Esta vía de presentación telemática de la declaración de la renta finaliza el día 30 de junio.
Desde el 6 de mayo hasta el 1 de julio, la Agencia Tributaria podrá confeccionarle su declaración de la renta 2023 por teléfono. Para ello hay que pedir cita, y esto será posible desde el 29 de abril hasta el 27 de junio.
No obstante, si lo que pretendemos es que un funcionario de Hacienda nos confeccione la declaración presencialmente, habrá que solicitarse cita entre el 29 de mayo y el 27 de junio, y podremos acudir a las dependencias tributarias entre el 2 de junio y el 30 de junio, según la fecha conseguida en el servicio de solicitud de citas.
Novedades en la declaración de la renta 2024-2025
Cada año hay novedades a la hora de presentar la declaración de la renta, y esta campaña 2024-2025 no será una excepción.
Reducción por rendimientos del trabajo
Aumenta de 6.498 euros a 7.302 euros, beneficiando especialmente a las rentas más bajas al reducir la base imponible.
Prestaciones por desempleo
Aunque inicialmente se iba a exigir que todos los desempleados presentaran declaración, un cambio reciente ha eliminado esta obligación para la campaña de la Renta 2024
Deducciones por eficiencia energética
En materia de deducciones, por ejemplo, se prorrogan las que afectan a la compra de vehículos eléctricos enchufables o de pila de combustible y a la instalación de infraestructuras de recarga para éstos. La deducción por la adquisición de vehículos ecológicos es del 15% del valor de la compra hasta 20.000€. Por otra parte, la deducción por instalar un sistema de recarga es del 15% de la cantidad invertida para la instalación, con un máximo deducible de hasta 4.000 euros.
Y siguiendo con temas de corte medioambiental, también se contemplan deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas. Aquí el contribuyente puede llegar a deducirse en su declaración de la renta entre el 20%,40% y 60% de las cantidades invertidas en la vivienda, siempre que ésta sea de uso residencial.
Nuevos métodos de pago
Pago mediante Bizum o tarjeta bancaria: se incorporan como alternativas a los métodos tradicionales como domiciliación bancaria o NRC
Dónde consultar el borrador
Hacienda tiene confeccionado un borrador de la declaración de la renta de cada uno de los contribuyentes, y podemos consultarlos para ver si estamos de acuerdo o están incompletos y debemos adaptarlos a nuestra realidad fiscal.
El borrador de la declaración de la renta y/o los datos fiscales podrán obtenerse en la sede electrónica de la AEAT durante la campaña. Y para poder acceder a ellos hay varios sistemas de identificación del contribuyente. Los interesados podrán solicitar su borrador identificándose con su certificado electrónico, con elsistema Cl@ve PIN o con un número de referencia previamente suministrado por la AEAT.
A través de la app de la Agencia Tributaria los contribuyentes también pueden consultar su borrador de la declaración de la renta, utilizando el mencionado sistema Cl@ve Pin o el número de referencia solicitado.
Quién debe hacer la declaración y quien está exento
Recuerda que la cantidad mínima para no tener que presentar obligatoriamente la declaración de la renta son los 22.000 euros de ingresos anuales si tiene un solo pagador o los 15.876 euros anuales, si tiene más de uno y las cantidades de los siguientes pagadores no supera los 1.500 euros.
Hay que recordar que, una vez hecha la declaración de la renta, a aquellos contribuyentes que les salga a pagar podrán fraccionar el abono de la cantidad en dos partes. Si deciden dividir, deberán pagar el 60% en el momento de la presentación de la Renta, y el restante 40% a comienzos de noviembre.