Cuenta ahorro vivienda o una hucha para la casa

Comprar una casa es probablemente y en condiciones normales la mayor inversión que una persona hará en su vida. Y más allá de las hipotecas, una de las posibilidades  que ofrece el sector financiero para poder afrontar el esfuerzo económico es  el producto bancario conocido como la cuenta ahorro vivienda, que  consiste en un plan de ahorro destinado a reunir un capital que permita la futura adquisición o rehabilitación de la primera vivienda habitual. Dicho dinero no podrá utilizarse para ninguna otra cosa.

Normalmente este sistema se utiliza para ir ahorrando mediante aportaciones periódicas, y de este modo conseguir la cantidad suficiente para pagar la entrada de una casa. Esta opción no puede volver a utilizarse para comprar segundas residencias ni en el caso de que una persona quiera cambiarse de casa.

cuenta ahorro vivienda

Las condiciones generales y particulares de una cuenta ahorro vivienda son idénticas a las de una libreta convencional (titularidad, modificación, liquidación, envío del extracto, etc), pero con alguna variación en cuanto a las obligaciones y facultades que tienen las partes. El cliente se beneficia de unos mayores intereses que en una libreta normal – algo que las entidades bancarias suelen argumentar aludiendo al hecho de que el tomador, dada la finalidad dela cuenta,  no va a retirar los fondos a corto plazo-. Por otra parte, hasta enero de 2013, el titular de la cuenta recibía un trato fiscal favorable en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.). Un 15% de deducción en la declaración de la renta, aunque este porcentaje podía variar algo dependiendo de la Comunidad Autónoma de residencia.  Pero eso no quiere decir que quienes lo hicieran entonces deban devolver ahora las deducciones que aplicaron, sino que se trata de una ventaja fiscal que ya no existe desde el cambio de normativa del pasado año, pero de la cual se aprovecharon durante un periodo algunas cuentas cuyo plazo sigue en vigor.

En cuanto a las obligaciones, el cliente debe tener claro que las cantidades depositadas en la cuenta debe haberlas ganado en ese mismo año. No puede destinarse a tal efecto dinero que tuviera ahorrado con anterioridad. Y por otro lado, se establece siempre un plazo determinado (actualmente fijado en un máximo de cuatro años), una vez cumplido el cual debe hacerse efectiva la compra o la rehabilitación del inmueble. De lo contrario, habrá que devolver la desgravación obtenida y pagar los intereses de demora.

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