¿Puedo comprar un coche a medias con otra persona?

Se puede comprar un coche a medias, pero la ley sobre Tráfico sólo permite que en el permiso de circulación figure un titular. Para demostrar la copropiedad es necesario firmar un contrato privado entre ambos dueños e inscribirlo en el Registro de Bienes Muebles.

Cada vez se venden menos coches en España a pesar de las ayudas del Gobierno con el Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (Plan PIVE), que ha renovado su aplicación también este año.  Según datos de la Asociación Española de Fabricantes de Automóviles y Camiones (ANFAC), las matriculaciones disminuyeron un 13,4 por ciento en 2012. Esto se traduce en que la venta  de coches cayó a niveles de 1986, con menos de 700.000 unidades.

La crisis económica, el desempleo, la subida del IVA, los elevados precios del combustible, la dificultad para acceder al crédito, son factores que inciden de forma decisiva en la negativa de los consumidores a realizar una inversión de cierta magnitud, como adquirir un coche, que puede provocar un agujero en la economía doméstica.

Y como el automóvil se ha convertido en un elemento omnipresente y vital en nuestra vida, surgen iniciativas como compartirlo o comprar un coche a medias entre dos personas (amigos, familiares, parejas…), una opción que muchos desconocen y que es posible. Pero ¿son complicados los trámites?, ¿qué hay que hacer para su compra?

Comprar un coche a medias

Sólo un titular

La adquisición y trámites para comprar un coche a medias nuevo, o de segunda mano, son los mismos que si lo realizara únicamente una persona.

Sí hay que tener en cuenta que la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece que sólo puede figurar una persona como titular principal en el permiso de circulación. Esta situación no ocurre cuando se asegura el coche, ya que en las pólizas hay tres figuras -propietario, tomador y conductor- que pueden ser las mismas, o diferentes.

Contrato privado

La compra entre varias personas no supone un impedimento para adquirir un coche, es más, tiene la ventaja de compartir los gastos de adquisición y mantenimiento, entre otros. Pero para evitar problemas, es necesario que los propietarios del vehículo firmen un contrato privado en el que se deje constancia de que les pertenece. Además,  se debe incluir un documento con la cantidad aportada por cada parte en la adquisición del automóvil. Asimismo, el contrato debe incluir:

  • Nombres y apellidos de los firmantes, domicilios y documento nacional de identidad (DNI). En el caso de que sea un menor de edad o con discapacidad, se requiere la firma del padre, madre o tutor, su DNI y que acredite la razón por la que actúan en su nombre.
  • Matrícula del coche, número de bastidor, marca, modelo y precio de adquisición.
  • Firma de los compradores.
  • Lugar y fecha de la firma.

El contrato privado debe hacerse por duplicado y es importante que, una vez rubricado, se presente en el Registro de Bienes Muebles para dejar constancia oficial de la posesión del bien.

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