Ayudas públicas y requisitos para solicitarlas sin haber cotizado (I)
Los subsidios oficiales tienen como principal requisito del beneficiario para poder acceder a ellos haber cotizado un mínimo a lo largo de años de trabajo. No obstante, hay otro de tipo de ayudas para aquellos que no han conseguido cotizar lo suficiente o nunca lo han hecho. Repasemos cuáles son estas opciones, que dividiremos en dos entregas para poder abordar sus requisitos y las cuantían que aportan a los beneficiarios con mayor detalle.
Algunas personas nunca han cotizado en la Seguridad Social, o no lo suficiente, por lo que en el momento en que se quedan sin trabajo sus ingresos mensuales pueden ser nulos. Y este problema no solo lo tienen las personas que no han trabajado el tiempo suficiente, sino también muchos trabajadores, como los empleados y empleadas del hogar, que a menudo lo han hecho durante muchos años en su casa, pero sin cotizar ni un euro a la seguridad social.
Para todas estas personas en situación de precariedad y que nunca han cotizado, existen determinados tipos de ayudas o subsidios con unos requisitos especiales. Por ejemplo la Renta Activa de Inserción (RAI), que es una ayuda estatal dirigida a todos los colectivos sin ingresos, que no perciben ningún tipo de aportación del SEPE, ni prestación ni subsidio por desempleo. Además de la aportación económica, esta ayuda cuenta con un programa específico de inserción o formación con el fin de facilitar la inserción al mercado laboral.
Renta activa de inserción
La RAI puede cobrarse durante 11 meses, aunque lo cierto es que se puede solicitar hasta tres veces. La cuantía es del 80% del IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples), que en 2020 se sitúa en los 537,84 euros. El pago de la renta se realiza cada 30 días en el mes siguiente al que corresponde el devengo. El importe de 430,27 euros al mes suele llegar entre el 10 y el 15 de cada mes.
Los requisitos para acceder a la RAI son: ser parado de larga duración mayor de 45 años, o ser emigrante retornado mayor de 45 años, o ser víctima violencia de género, o ser una persona con discapacidad igual o superior al 33%. Además debe de haber agotado anteriormente una prestación contributiva o subsidio por desempleo. No debe tener derecho a otras prestaciones o subsidios de desempleo o a la renta agraria. Y debe estar inscrito ininterrumpidamente en la oficina como demandante de empleo durante 12 o más meses.
Ingreso mínimo vital
El ingreso mínimo vital es otra opción. Para acceder a esta ayuda hay que cumplir unos requisitos fundamentales: tener entre 23 y 65 años o menos de 23 años con hijos a cargo y ser residentes en España de forma continuada durante, al menos, un año antes de presentar la solicitud, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.
Lo podrán solicitar aquellas personas que vivan en situación de vulnerabilidad. Aquellos sin ingresos o con ingresos bajos, cuyo umbral establece el Gobierno para cada tipo de hogar en función de sus características: número de miembros y monoparentalidad. Habrá hasta 14 tipos de umbrales. Condicionado únicamente al nivel de ingresos y de patrimonio.