¿Qué es y para qué sirve un aval bancario?

En tiempos de bonanza económica, bancos y cajas concedían préstamos hipotecarios a sus clientes con gran facilidad, por lo que la figura del aval bancario estaba prácticamente en desuso. Sin embargo, hoy en día la situación ha dado un giro de 180 grados, las entidades financieras han endurecido los requisitos para la concesión de préstamos y exigen a los avalistas mayores muestras de solvencia. Pero ¿qué es un avalista?

Avalista es la persona física o jurídica que, de manera voluntaria, ofrece garantía de pago del préstamo, en el caso que el titular no pudiera hacer frente a la deuda. Para poder asumir las cuotas, debe demostrar que posee capacidad financiera suficiente, ya que si se produjera un impago sus bienes podrían ser embargados.

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Tipos de avales:

Hay que distinguir entre:

Aval Bancario: El primero de ellos es más utilizado para los alquileres de vivienda, y son las entidades financieras quienes se comprometen a avalar la deuda. El arrendador, como garantía de lo acordado, solicita al inquilino un aval bancario equivalente al alquiler de varias mensualidades (que oscilan entre cuatro y cinco meses). No es obligatorio, sino que es una garantía adicional para asegurarse el cobro de las cuotas de alquiler.

Aval personal, por su parte, es emitido por personas físicas y, normalmente, son utilizados para préstamos personales.

En este caso, las entidades financieras pueden solicitar el aval para fortalecer las garantías de pago del prestatario. Algunos de los casos por los que se puede solicitar un aval es cuando:

–  El nivel de endeudamiento del prestatario es superior al 60%, de esta manera se garantiza el impago en caso de dificultad. Este caso debería ser el menos utilizado ya que no es aconsejable llegar a estos límites de endeudamiento.

–   El contrato de trabajo es temporal o es un contrato fijo pero con antigüedad menor a 2 años por lo que el aval compensa la probabilidad de desempleo.

–  El contrato solo va a ser firmado por un titular.

–  El importe del préstamo es elevado.

–  La edad del prestatario es superior a 70 años.

Aval  sobre un Derecho Real: Este aval se utiliza sobre todo en caso de préstamo hipotecario y con él el solicitante del préstamo ofrece un bien mueble o inmueble como “prenda”. El valor de este bien suele superar el importe del préstamo de tal forma que el acreedor se queda con la prenda en caso de impago. Mientras el préstamo esté en vigor, el prestatario no puede vender el bien.

¿Cuándo se solicitan?

La necesidad de aval en el caso de préstamos hipotecarios se exige en determinaciones situaciones:

-Cuando se solicita un préstamo por valor de más del 80% de la tasación del inmueble.

-Si el demandante de la hipoteca va a emplear más del 35%-40% de sus ingresos mensuales en el pago del préstamo.

El papel del avalista

Cuando se produce un impago, la entidad financiera se pone en contacto con el titular del préstamo. Si transcurridos dos o tres meses continúa sin recibir las cuotas, el segundo paso es recurrir al avalista para conseguir el dinero. Aunque si éste lo desea, el banco puede avisarle desde el primer mes.

La responsabilidad y el riesgo que asume son muy altos, no sólo porque -por ley- debe afrontar las cuotas sin abonar, sino que también debe hacerse cargo de los intereses de demora generados (alrededor de un 7%), las costas procesales, los seguros vinculados al préstamo y todos los gastos que el deudor haya dejado sin pagar.

Fórmula de ahorro

El aval es para el arrendador como un colchón en caso de emergencia, bien porque el inquilino no ha pagado la renta o porque ha ocasionado daños irreparables en el inmueble. Por ello, el propietario tiene asegurada la garantía de cobro y el riesgo de impago también se reduce. Esto le invita a una posible negociación en el contrato de alquiler para bajar el precio de las cuotas mensuales. Tanto el casero como el inquilino pueden verse beneficiados por esta figura.

Otro modo de ahorro es la contratación de un seguro, en lugar del aval. En algunas ocasiones, los propietarios de las viviendas alquiladas plantean la posibilidad de firmar un seguro de protección de pagos con el que quedarían cubiertos desagradables incidentes, como impagos o desperfectos en el hogar. A veces, esta última fórmula puede resultar más económica para el inquilino.

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