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Cómo ahorrar en la factura fiscal

Hacienda somos todos. Este eslogan de finales de los años 70 es el más popular y representativo de la agencia tributaria. Todos los ciudadanos deben contribuir con sus impuestos a nutrir la hacienda pública. Pagando lo que nos corresponda de IRPF según los términos resultantes de nuestra declaración de la renta. Pero hay maneras legales de ahorrar en la factura fiscal. Veamos cómo.

Planes de pensiones

Una de las mejores opciones para reducir nuestra factura fiscal es la deducción de nuestras aportaciones al plan de pensiones. Estos dan derecho a una reducción que se aplica a la base imponible general del impuesto con unos límites que son actualmente de 8.000 euros o el 30% de nuestros ingresos por trabajo o actividades profesionales, el menor de ellos. 

Por este motivo, es aconsejable calcular antes de acabar el año fiscal si se han superado o no estos límites y, si no es así, se pueden hacer aportaciones adicionales que podremos desgravarnos. Estas cantidades harán que disminuya lo que deberemos pagar en la declaración de la renta, que podría incluso llegar a ser negativa. Y además aumentará el capital de cara a la pensión que recibiremos en nuestra jubilación.

Vivienda habitual

Otra vía para ahorrar en la factura fiscal es la aportación económica dedicada al pago de nuestra vivienda habitual. Si esta fue adquirida antes del 1 de enero de 2013, el titular podrá deducirse un 15% de lo que haya aportado en el año, sobre un máximo de 9.040 euros, por lo que la deducción máxima que podríamos tener es de 1.356 euros.

En el caso de que vivamos de alquiler, también podemos acceder a una bonificación aunque el porcentaje a deducir bajo a mediados del pasado año. La deducción por alquiler de viviendas para uso residencial bajó del 60% al 50% para todos los contratos de arrendamiento en mayo de 2023.

Donativos y caridad

La caridad es otra manera de ahorrar en la factura fiscal. Y es que las donaciones a ONG han visto mejoradas sus ventajas fiscales. Desde el 1 de enero de 2024, el contribuyente puede deducirse un 80% de los primeros 250 euros y un 40% sobre el resto de dinero que haya donado. Y si las aportaciones son recurrentes, las deducciones son mayores. Así, si en los dos periodos impositivos anteriores se han realizado donativos en favor de una misma entidad por un importe igual o superior, el porcentaje de deducción del importe que exceda de 250 euros será del 45%.

Deducciones por comunidades

Hay otros tipos de deducciones posibles, pero muchas de ellas varían según la comunidad autónoma donde se cotice.  Y esas opciones, a menudo, pasan desapercibidas para la mayoría de los contribuyentes. Por ejemplo, y según la provincia, pueden deducirse los libros de texto, seguros de salud, gastos de cuidado de menores o de ascendientes mayores de 65 años, cursos de idiomas, guarderías y hasta algunos seguros…

Una posibilidad deductiva poco conocida es la del ajuste de pérdidas y ganancias. O sea, las ganancias o pérdidas patrimoniales que hayamos tenido durante 2024 con la venta de inmuebles, fondos, acciones, etc., las podemos compensar entre sí. Es decir, con el resto de los productos que se integran en esta parte de la declaración. Lo mismo sucede con los rendimientos del capital mobiliario.

Un consejo que no se refiere a las deducciones es la conveniencia de ajustar el porcentaje de nuestra retención. La mínima obligatoria en todas nuestras facturas es el 2%, pero este porcentaje puede ser insuficiente y el contribuyente tendrá que pagar una cantidad considerable a la hora de su declaración. El 10 o el 15% son las opciones posibles, y ya es dinero aportado que después no tendrá que pagarse cuando se haga la declaración del IRPF.

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