Contrato dual: más formación y empleo para los jóvenes
Según se especifica en el Real Decreto que lo desarrolla (1529/2012, de 8 de noviembre), se trata de “un instrumento destinado a favorecer la inserción laboral y la formación de las personas jóvenes en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo”. De esta forma se pretende facilitar el acceso al empleo a un sector de la población que está sufriendo también enormemente las consecuencias de la recesión económica que estamos padeciendo.
El paro en cifras
Según los últimos datos de la Encuesta de Población Activa dados a conocer por el Instituto Nacional de Estadística (INE), sobre el tercer trimestre de 2012, el número de personas que estaban sin empleo en España superó los 5.700.000, concretamente 5.778.100 individuos, en octubre. Más negativa, y también más reciente, es la información de la Oficina Estadística de la Unión Europea (Eurostat) que ha estimado en más de 6 millones (concretamente 6.157.000) los parados en nuestro país en el mes de noviembre. Habrá que esperar hasta finales de este mes de enero para saber las cifras actuales reales, cuando el INE publique su próximo informe.
De todas las cifras ofrecidas por el organismo europeo destaca el incremento del desempleo juvenil en el viejo continente. Son 5.799.000 los jóvenes europeos menores de 25 años los que estaban sin empleo a finales de 2012. De ellos un 56,5 por ciento corresponde a España (solamente nos superaba Grecia con un 57,6).
Es éste un panorama nada halagüeño, al que el Gobierno español – por medio de una iniciativa coordinada de los ministerios de Empleo (y Seguridad Social) y Educación (Cultura y Deporte) -intenta poner coto fomentando un tipo de contrato que pretende una mayor vinculación entre el aprendizaje en los centros educativos con la formación y el empleo en las empresas.
Surge de esta forma el contrato dual para la formación y el aprendizaje y al mismo tiempo se crean las bases para implantar la formación profesional dual en España que, según explicaban desde Moncloa “ayudará a reducir el número de jóvenes desempleados y aumentará los cotizantes ala Seguridad Social”.
¿A quién se puede hacer un contrato dual?
Este nuevo tipo de contrato se podrá hacer a personas mayores de 16 años y menores de 25 años que no tengan reconocida una cualificación profesional por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo y que no puedan tener un contrato en prácticas.
Asimismo, se establece que los jóvenes menores de 30 años también pueden tener este tipo de contrato mientras se mantenga una tasa de desempleo en el país superior al 15 por ciento.
¿Cuánto tiempo?
El contrato dual, que estará formalizado por escrito, se realizará por un periodo mínimo de un año y un máximo de tres. Esto es lo que se establece como norma general pero se podrán realizar contrataciones por periodos diferentes si así se establece por convenio colectivo. Los límites, en este último caso, son de mínimo seis meses y se mantiene el máximo de tres.
El Real Decreto también define que el tiempo de trabajo efectivo de un joven con este modelo de contratación no podrá ser mayor al 75 por ciento de la jornada en el primer año y del 85 en los dos años restantes. Asimismo se estipula que estos jóvenes no podrán realizar horas extraordinarias, a no ser por motivos “de fuerza mayor”, tampoco se podrán realizar trabajos a turnos y nocturnos.
En cuanto al tiempo de formación, la norma lo aumenta hasta el 25 por ciento en el primer año, pero con la salvedad de que pueda adaptarse a las necesidades tanto de la empresa como los trabajadores.
¿Cuál es el sueldo?
Para los jóvenes con este tipo de contratación dual la retribución se fijará por convenio, pero nunca será menor al Salario Mínimo Interprofesional (establecido para 2013 en 645,30 euros) en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
Beneficios de los contratos duales
- Reducciones en las cuotas a la Seguridad Social tanto de las empresas como de los trabajadores que pueden llegar a ser del cien por cien.
- Los costes laborales se reducen.
- Con este tipo de contrato se cotiza para la jubilación, incapacidad (transitoria o permanente) y para el desempleo.
- Se combina la formación en el centro educativo y la experiencia con el trabajo y la formación en una empresa.
- Si excede el tiempo máximo de tres años, el contrato se transforma en indefinido.
- Pretende conseguir un modelo de formación que sea atractiva y que frene el índice de abandono escolar.
- Se busca una mayor implicación de las empresas en la formación de los alumnos y que éstas puedan llegar a contratarles para formar plante de su plantilla.
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