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Cómo pagar menos impuestos si hemos cumplido los 65 años de edad

Alguna ventaja tiene que tener hacerse mayor y llegar a la edad de jubilación. Veamos algunos trucos para pagar menos impuestos si hemos cumplido los 65 años.

La pensión no suele ser precisamente un chollo. En los últimos años los jubilados se han manifestado más que cualquier otro colectivo en pos de mejoras en sus retribuciones, que apenas les dan para llegar a final de mes después de toda una vida de cotización. Por eso conviene rentabilizar al máximo las opciones que nos da el sistema fiscal. Ahí van algunos consejos del Registro de Economistas Asesores Fiscales del Consejo General de Economistas, que nos permitirán pagar menos al fisco sin infringir ley alguna.

Vender la casa

No tiene por qué ser una medida desesperada, pues tener un techo es la primera de nuestras necesidades. No obstante, si tenemos otras opciones, vender la vivienda habitual es una magnífica manera de conseguir liquidez sin que nos grave hacienda. Y es que si tenemos más de 65 años, la ganancia patrimonial está exenta de pagar impuestos. Eso sí, si el inmueble también es del cónyuge se tiene que tener en cuenta que si no tiene 65 años podría salir a cuenta esperar a que los cumpla para formalizar la transmisión y no tributar por el 50% de la plusvalía.

Las rentas vitalicias son otra opción muy recomendable. Si se recibe un dinero por la vía de la transmisión patrimonial, se puede evitar el pago de tributos invirtiendo lo obtenido en una renta vitalicia por la que se cobrará una renta mensual de subsistencia. Eso sí, la reinversión debe hacerse en los seis meses siguientes a la venta de la propiedad, y el máximo a ingresar es de 240.000 euros.

Plan de pensiones

Se acerca la edad de jubilación y nuestro plan de pensiones es nuestra principal garantía de subsistencia en apoyo a la paga que nos quede por los años tributados. Pero hay que tener una cosa muy en cuenta, pues si el plan se rescata en forma de capital, se puede acceder a una reducción del 40% sobre el importe de las aportaciones realizadas antes del 2007. En cambio, si se rescata en forma de renta, no se podrá aplicar la reducción.

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