Los bancos fomentan los servicios online restringiendo los horarios de caja en oficina
Con ello se pretende, esencialmente, ofrecer un mejor servicio evitando aglomeraciones, priorizar a los clientes frente a los no clientes e incentivar, como hemos dicho, el uso de la banca electrónica y/o de los cajeros automáticos.
Pero esta restricción horaria exige ciertas obligaciones de los bancos para con sus clientes, que no deben salir perjudicados de esta estrategia. Así, el banco debe colocar carteles informando sobre ello en sus oficinas. También debe avisar de la existencia de restricciones para reintegros superiores o inferiores a determinada cantidad.
En cuanto al pago de recibos no domiciliados, es práctica habitual de las oficinas bancarias fijar un horario limitado para atender su pago por ventanilla. Y aunque esta decisión pueda resultar incómoda en algunos casos para los clientes, nada cabe objetar al respecto, puesto que ninguna norma legal lo impide, siendo una opción perfectamente válida dentro de una política comercial.
Entidades colaboradoras
Lo mismo puede ocurrir cuando las entidades financieras actúan como entidades colaboradoras de determinados organismos públicos (ayuntamientos, universidades, Seguridad Social, etc.) para el cobro de tasas, impuestos, multas y pagos de pensiones. En tales casos, no obstante, el horario de este servicio no lo marca el banco, sino que está establecido en el correspondiente convenio de colaboración o en la normativa administrativa aplicable. Aunque normalmente también se trata de un horario concreto y restringido.
Por otro lado, para realizar ingresos o pagos en las cuentas de clientes, en principio no se consideraría admisible el establecimiento de restricciones horarias o de fechas, pero si se quiere hacer en caja si puedes encontrarte con limitaciones. Algo que el banco hace expresamente para que se utilice la banca electrónica o banca a distancia, que es lo que se quiere fomentar en estos tiempos.