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Derechos del consumidor en el transporte de equipaje

Con las maletas hechas y el billete en la mano o en el móvil, merece la pena dedicar un momento a conocer los derechos que como consumidores tenemos cuando, como parte de nuestro viaje, contratamos el servicio de transporte de equipaje.

Una de las grandes inquietudes a la hora de iniciar un viaje es ¿llegará bien mi equipaje? ¿Acabaremos en el mismo destino a la vez y sin daños ambos (mi recién estrenada maleta llena de mis más preciados enseres, y yo mismo)?

Transporte de equipaje - Domestica tu Economía

Las historias para no dormir sobre maletas que acaban a miles de kilómetros de su dueño, que llegan rajadas, rotas, con manchas o que, simplemente, no aparecen jamás, han ido creando un miedo primario en los “homo-viajantis” que se transmite de generación en generación.

En el caso de los vuelos de avión, podemos encontrarnos con tres malas noticias:

La maleta está dañada

Si se da la circunstancia que recogemos nuestra maleta dañada, lo primero será acudir al mostrador de incidencias del aeropuerto (siempre hay uno) a comunicarlo y que nos den el documento donde hacer la reclamación (el Parte de Irregularidad de Equipaje o Property Irregularity Report, PIR), cumplimentarlo con nuestros datos y guardar una copia (la otra se la quedan en el mostrador). Ojo, siempre antes de abandonar la zona de recogida de equipajes.

Es posible que nos pidan más documentación (depende de la compañía, muchísima: Partes de irreparabilidad (que es posible pedir al vendedor de la maleta), fotos, e incluso la factura (como siempre aconsejamos aquí, ¡¡hay que guardar las facturas para estos casos!!).

Falta algún objeto (o se ha roto)

Si echamos en falta algún objeto, la reclamación por negligencia en el transporte de equipaje es más complicada pero no imposible. En primer lugar, antes de viajar podemos realizar una Declaración Especial de Valor del equipaje, si consideramos que lo que llevamos tiene un valor especialmente significativo que difícilmente podría valorarse a peso (que es como suelen hacerse las valoraciones de los equipajes, por el peso que tienen al embarcar y desembarcar). Esta declaración tiene “truco”, porque en primer lugar se cobra al pasajero, y en segundo, suele subirse el precio del traslado si se conoce que el equipaje es especialmente valioso.

Aunque no hubiésemos hecho la declaración de valor, podemos reclamar y la consecuencia más habitual es que se compruebe, como decimos, a peso, si en destino pesaba más que en origen se nos compensará. En caso de que no estemos conformes, con copia de la reclamación, podemos interponer denuncia por robo ante la policía. Teniendo en cuenta que el hecho de que nos falte algo en la maleta ya es sintomático de un posible robo (raro sería que nuestras cosas cobren vida y salgan por su propia mano de nuestro equipaje en busca de libertad ¿no?) esta opción de denuncia en la policía es siempre recomendable.

Y el caso de que, simplemente, no aparezca

Por último, si el equipaje no aparece, y nos encontramos fuera de nuestro lugar de origen, en primer lugar, la aerolínea debe proporcionarnos una compensación económica que nos permita comprar lo mínimo para subsistir, es decir: ropa etc… Y en segundo lugar habrá una indemnización que variará si se trata de un retraso o de una perdida. Para saberlo, deberemos esperar 3 semanas: Si pasados 21 días no aparece, se considerará perdido.

Los cálculos de las indemnizaciones por daños en el transporte de equipaje se calculan con un máximo unos 1.100 derechos especiales de giro (conocidos como DEG) por pasajero. Los DEG son una unidad de moneda que se calculan en base a varias monedas: dólar USA, yen de japón, el euro y la libra esterlina. Se puede seguir su cambio en la web oficial del Fondo Monetario Internacional.

No debemos olvidar que cuando viajamos nuestros derechos se vienen con nosotros, ¡incluso si nos pierden la maleta!

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