Ayudas para las familias numerosas en 2018: Seguridad Social
La Seguridad Social es uno de los organismos que aplica todo un programa de ayudas a las familias numerosas, y una de las principales es la bonificación del 45% en la contratación de un cuidador del hogar. Las familias que pueden acogerse son aquellas de categoría general (más de dos pero menos de cinco hijos), cuyos cónyuges trabajan los dos, y las de categoría especial (con cinco o más hijos, o con cuatro pero con ingresos medios anuales inferiores al 75% del salario mínimo). Las solicitudes deben presentarse en la Tesorería General de la Seguridad Social.
Las ayudas por nacimiento (o adopción) no son una bonificación sino una cantidad económica a modo de asignación. De este modo, las familias numerosas que acrediten que no superan una determinada renta anual, podrá percibir una ayuda de 1.000€ por hijo nacido o adoptado. Esta cantidad se recibirá en un solo pago.
Los padres de estas familias de gran formato se beneficiarán también de los permisos de paternidad, que se amplían hasta en 20 días respecto a los progenitores de familias con menor número de hijos. Dicho permiso debe solicitarse en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), debiéndose presentar la siguiente documentación:
- Un modelo de solicitud cumplimentado correctamente
- DNI y libro de familia
- Nómina del mes anterior al nacimiento del hijo
- Certificado con las bases de cotización
- La domiciliación bancaria para el ingreso de la cantidad.
En un próximo artículo explicaremos algunas de las ayudas que las familias numerosas pueden solicitar a través de la Agencia Tributaria.