¡Nos vamos de camping! Estos son tus derechos como consumidor
Por supuesto cuando eres un chaval no te preocupas de casi ninguna obligación que tenga que ver con cosas aburridas como pagar el camping, qué tipo de tiendas se pueden montar, limitaciones, leyes… lo único importante es lo que tus padres te permiten o no hacer, que casi siempre se explica con algo como “porque no se puede” o, el todavía más clásico “porque lo digo yo”.
Pero como ya hemos crecido todos un poco, es un buen momento para pensar en esas “cosas aburridas” de las que hablábamos y repasar los derechos que tenemos como consumidores, ahora que somos nosotros a los que nos toca montar la tienda de campaña e ir a por el pan a primera hora.
Lo primero que debemos tener en cuenta es la categoría del establecimiento elegido, porque en este caso, al igual que con hoteles y otros establecimientos hoteleros, existen categorías (más o menos estrellas, lujo etc…) que identifican nuestro camping y los servicios que ofrecerá. Aunque la normativa de estos centros varia de unas comunidades autónomas a otras, los cambios no son muy relevantes y la Federación Española de Empresarios de Camping y Parques de Vacaciones (FEEC) tiene establecido una categoría común que nos permitirá identificar rápidamente ante que tipo de establecimiento nos encontramos, como explicamos en un post anterior: Campings en España.
Aspectos básicos de la reserva del camping
En base a esta primera diferenciación existirán algunos servicios (como por ejemplo disponer de prensa extranjera, cajas fuertes individuales…) que serán obligados para un camping de lujo, y si no los tienen podremos exigírselos, pero que no afectarán a otros de menor categoría.
Una vez elegido el camping, lo principal es tener claros los aspectos básicos de la reserva:
- Cuantos días nos vamos a quedar
- Si disponemos o no de tienda propia
- Espacio de la plaza
- Y servicios adicionales reservados.
Es importante sobre todo el tamaño de la plaza, ya que influirá decisivamente en el precio, pero también la ubicación de la misma (si es que se permite elegir) ya que no es lo mismo estar junto al aparcamiento que mirando al lago, lógicamente, y es posible que en temporada alta de ocupación sea preciso avisar de nuestras preferencias para no acabar en la peor plaza existente.
Qué podemos reclamar y qué, no
Hay ruidos y molestias ante los que el camping no debe responder (lo sentimos, el vecino que ronca como un oso no es motivo de queja… aunque podemos solicitar movernos si hay huecos libres).
Sin embargo, otros aspectos si pueden reclamarse.
Existen ciertos servicios que deben tener todos los campings independientemente de las estrellas que tengan, y que son básicos y exigibles en todas las ocasiones. El primero tiene que ver con la seguridad, ya que las tiendas de campaña (o el bungalow en su caso) no se caracterizan precisamente por ser especialmente seguras en lo que a aspectos arquitectónicos se refiere al menos) y esto obliga a los campings a que cuenten con un vallado o cercado de seguridad y con personal de seguridad permanente (día y noche).
En caso de que estos servicios no existan, o se presten de forma deficiente (un ejemplo típico es el guarda de seguridad dormido en la caseta o las vallas derruidas o similar) podremos solicitar que se repare inmediatamente, presentar una queja en el libro de reclamaciones e incluso la presencia de la policía para que deje constancia de ello en caso de que no quieran atender nuestra reclamación.
Este tipo de servicios básicos incluye también aspectos como un adecuado mantenimiento de limpieza, baños y duchas (con el correspondiente sistema de tratamiento y evacuación de aguas residuales), toma de corriente, alumbrado de emergencia, botiquín y sistemas de prevención y respuesta a incendios.
Conocer las limitaciones antes de reservar
Es importante tener en cuenta que las actividades extras que ofrecen este tipo de establecimientos, como los cursos para niños, guarderías, clases de actividades acuáticas o excursiones, se regirán por sus propias normas y son consideradas como un servicio aparte (salvo que nuestra reserva diga lo contrario) y en cada una de ellas deberemos leer cuidadosamente nuestras obligaciones y derechos, para estar siempre prevenidos ante cualquier incumplimiento.
Por último, y tal vez lo más importante, cumplir las limitaciones impuestas por el camping, como la posibilidad o no de entrar con perros y animales de compañía, hacer barbacoas en zonas delimitadas, fumar, introducir bebidas alcohólicas, u otras estipuladas por la gerencia del camping y que deberemos conocer antes de hacer efectiva la reserva. En caso de que no se nos comuniquen o de que no estén lo suficientemente claras mediante señales o información de forma previa a esta reserva, podremos solicitar que no se apliquen (aunque en cualquier caso, la mejor solución es buscar siempre una vía amistosa que equilibre lo que queremos hacer y lo que nos piden). Por supuesto, si ante nuestras reclamaciones son conseguimos una respuesta adecuada, podremos acudir a arbitraje (la FEEC está sometida a este sistema de resolución de conflictos) e incluso a la vía judicial, para lo que deberemos tener siempre como prueba nuestra reserva (haya sido presencial u online) y el resto de pruebas que podamos presentar.
Las vacaciones son para disfrutarlas, y si decidimos hacerlo en la comodidad de una tienda de campaña hay un último favor que, ya personalmente, os pido que toméis como norma general: Di no a las barbacoas de sardinas o chorizo frito a las 8 de la mañana, muchos os lo agradeceremos eternamente.