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Continúa la reforma laboral: la hora de los autónomos

La revisión de las condiciones laborales de los trabajadores autónomos es una reivindicación histórica, y hasta la fecha ningún gobierno la había abordado de forma decidida. Pero tras la primera reforma laboral de 2014, llegó la hora del autónomo. La Comisión del Empleo del Congreso, con competencia legislativa plena, ha aprobado la nueva ley de medidas urgentes del trabajador autónomo, que ahora debe ser refrendada por el Senado y publicada en el BOE antes de entrar en vigor. Algo inmediato, en cualquier caso, pues las medidas han gozado de un amplio consenso político. Veamos algunas de las más relevantes.

La tarifa plana de 50 € para los autónomos que se daban de alta por primera vez tenía una duración de seis meses. Un período de rebajas que ahora se prolongará hasta los 12 meses para facilitar los inicios laborales de los nuevos trabajadores por cuenta propia.

La nueva ley incluirá hasta 26,6€ diarios por los gastos de manutención. En el caso de que el trabajador esté en el extranjero la cantidad puede incrementarse hasta los 48€.

En los casos en que el trabajador autónomo desempeñe su labor desde casa, se contemplan deducciones de hasta el 30% de los gastos de suministros, como el agua, la luz, la electricidad y la telefonía.

A partir de esta nueva reforma se reconocerá también el accidente in itinere en los autónomos (ocurrido durante el desplazamiento desde su domicilio hasta su lugar de trabajo, y viceversa).

Otra medida importante es evitar que la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) repercuta en la cuota de los autónomos societarios.

Asimismo, los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización y podrán darse de alta y baja en el Régimen Especial (RETA) hasta tres veces al año.

El Gobierno aprueba mejoras para los trabajadores por cuenta propia

Seguridad Social

Por otro lado, se permitirá compatibilizar el 100 % del trabajo por cuenta propia con la pensión del autónomo, mientras se tenga como mínimo un empleado contratado.

Los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social se reducen a la mitad, pasando del 20% al 10% en el primer mes, y se devolverá el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin que tengan que solicitarla.

Además, se reduce a dos años el plazo de espera para que los que hayan cesado su actividad puedan volver a acogerse a ella.

Entre las medidas se incluye también la tarifa plana para las mujeres que se reincorporen tras la maternidad, y una exención del 100% de la cuota de autónomos durante 12 meses por cuidado de menores o dependientes.

En cuanto a formación, los autónomos podrán acceder a programas subvencionados adaptados a sus necesidades.

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