¿Hay seguros para todo? ¿Qué requisitos debe cumplir el objeto asegurado?
Incluso algo irremediable como es la muerte puede asegurarse. Los seguros de vida son un clásico. Es lógico pensar, por tanto, que no hay nada que no sea susceptible de ser asegurado. Y así es. Podemos contratar una póliza para cubrir cualquier cosa, siempre que cumpla los requisitos necesarios.
Requisitos
El objeto asegurable, sea cual fuere, debe (1) ser una cosa material o inmaterial (corporal o incorporal). (2) Debe existir cuando se firme el contrato. No se puede asegurar algo que todavía no existe. (3) Aquello asegurado debe ser tasable en términos económicos (si no se puede cuantificar su valor no se puede establecer una indemnización). (4) Debe tratarse, además, de un producto o actividad lícito (no se puede asegurar nada ilegal).
Por otro lado, también deben darse unas circunstancias relativas al riesgo que en su caso paliará el seguro. (1) Es necesario que no se pueda saber con certeza si el riesgo ocurrirá o no, o cuándo sería. (2) El riesgo debe ser factible, y debe poder describirse con exactitud. (3) Por otro lado, dicho riesgo no debe implicar un perjuicio hacia terceros ni ir contra la ley. (4) Y finalmente, ese riesgo debe ser fortuito, sin que en el daño haya influido la voluntad por producirlo.
Hay que decir que no existen seguros preestablecidos para todas las cosas. Están los más habituales, que suelen estar cubiertos por las pólizas más frecuentes de las compañías. No obstante, es posible encontrar compañías especializadas en seguros para sectores concretos, y también existe la posibilidad de hablar con un mediador o corredor para negociar un seguro concreto, si éste no existe. Aunque en estos casos , y debido al riesgo de la excepcionalidad, las cuotas suelen ser altísimas.
De este modo, podría decirse que la práctica totalidad de las cosas pueden asegurarse, desde la propia vida hasta la sonrisa (Julia Roberts lo hizo), las piernas de Ronaldo o el pelo del pecho de Tom Jones. Todo. O casi.